La mujer antes y después del advenimiento del Islam
Vamos a derribar algunos mitos instalados por los seguidores de la Santa Iglesia Católica ligados al judeo-sionismo y al Nuevo Orden Mundial.
El Islam es considerado, por excelencia, el símbolo de la subordinación de las mujeres. Sin embargo otras escrituras sagradas ponen de manifiesto la desafortunada condición femenina en los tiempos antiguos. Así, en los escritos del Antiguo y el Nuevo Testamento las mujeres aparecen como seres subyugados, sumisos e inferiores.
La escritora Nawal As-Saadawi declaró en una conferencia celebrada en Montreal en 1990:
“Los factores más restrictivos que pesan sobre las mujeres deberían buscarse primero en el judaísmo, en Antiguo Testamento, luego en el Cristianismo y fundamentalmente en el Corán; […] todas las religiones son patriarcales porque surgen en sociedades patriarcales y “el velo de las mujeres no es una práctica específica del Islam sino una herencia cultural que guarda analogías con las religiones de su misma procedencia” 1
Estas declaraciones de la feminista egipcia desataron un sinfín de críticas y confirmaciones que desembocaron en la creencia de la absoluta subordinación de la mujer musulmana y el rechazo de cualquier intento de comparar su situación con la de otras religiones. Ahora bien, existen varias obras y trabajos que dejan al descubierto la situación de las mujeres en el Judaísmo y el Cristianismo antes de la llegada del Islam.
Sharif Abduladim se adentró en el laberinto de los textos antiguos estableciendo un estudio comparativo con el Islam. Para saber si el Judaísmo, el Cristianismo y la religión de Muhammad tienen la misma concepción de la mujer, como religiones monoteístas o bien ofrecen un trato mejor que el que le otorga el Islam, el investigador ha querido abordar la cuestión basándose en las fuentes originales y no en la práctica de los seguidores de hoy en día, así como en los numerosos libros escritos por especialistas, apologistas y críticos en la materia. Su interés por las narraciones originales radica en la confusión generada entre cultura y religión, por una parte, y en el hecho de que muchos desconocen lo que dicen los textos sagrados y mantienen el valor de lo heredado, pudiendo ser éste erróneo y equívoco.
Abduladim empieza evocando el legado de Eva. Se puede apreciar la influencia negativa de la Eva bíblica sobre las mujeres en los textos más antiguos porque ella había pecado e inducido después a Adán a seguir su conducta. Por consiguiente Eva era responsable de su propio error, del pecado de su marido y del pecado original de toda la humanidad.
Según el Antiguo Testamento:
«Encontré más amarga que la muerte a la mujer enredadora, cuyo corazón es una trampa y cuyas manos son cadenas. El hombre que agrada a Dios debe escapar de ella, pero el pecador en ella habrá de enredarse…mientras yo, tranquilo, buscaba sin encontrar, encontré a un hombre justo entre mil, más no encontré una sola mujer justa entre todas».
(Ecclesiastes 7:26-28). 2
Los rabinos judíos, como recoge Abduladim, registraron nueve maldiciones a las mujeres como pecadoras.
«Él [Dios] concedió a las mujeres nueve maldiciones y la muerte: soportar la sangre de la menstruación y la sangre de la virginidad, la carga del embarazo, la carga del parto y la de criar a los hijos; su cabeza está cubierta como quien está de luto; horada sus orejas como una esclava o joven esclava que sirve a su señor; ella no es tenida nunca por inteligente; y después de todo, muere» 3.
Para Mary Lady, “la situación de las mujeres en el antiguo mundo semítico – y realmente, en la antigüedad en general- tiene las dimensiones de una pesadilla”.
La autora cita a Roland de Vaux:
“El Decálogo incluye a la esposa de un hombre entre sus posesiones, conjuntamente con su casa y sus tierras, sus esclavos y esclavas, su buey y su asno (Ex 20:17; Dt 5:21). Su esposo puede repudiarla, pero ella no puede pedir el divorcio; toda su vida permanece en un lugar secundario. La esposa no hereda de su esposo, ni las hijas de su padre, a menos que no haya un heredero varón (Nm 27:8). Un voto hecho por una muchacha o una mujer casada necesita, para ser válido, el consentimiento del padre o del esposo, y si este consentimiento es negado, el voto es nulo e inválido (Nm 30:4-17)”.
Mientras el “mal” comportamiento femenino era severamente castigado, la infidelidad masculina se penalizaba sólo si violaba los derechos de otro hombre al tomar a una mujer casada como su cómplice. En la era rabínica algunas escuelas permitían que un esposo obtuviera el divorcio sólo sobre la base de adulterio o mal comportamiento e incluso aceptaban la excusa más banal, como el hecho de haber cocinado mal un plato, o simplemente por preferir a otra mujer. Esos eran motivos suficientes para repudiarla.
El respeto por la mujer aumentaba cuando se convertía en madre, especialmente si tenía hijos varones, por ser éstos socialmente mejor valorados. Tras el nacimiento de un niño, reinaba la felicidad mientras todos quedaban afligidos al nacer una niña. La llegada de un hijo varón traía la paz familiar, Por lo contrario, el nacimiento de una hija se consideraba una carga dolorosa para su padre y una fuente de vergüenza. De hecho un hombre podía vender a su hija al igual que a sus esclavos; la culpa recaía en la mujer si en una pareja sólo tenía niñas. Pero aunque las mujeres hebreas eran honradas como madres y disfrutaban de un trato algo diferente, su status social y legal era el de seres subordinados. Así se comprende la oración de los hombres hebreos:
“Te agradezco, Señor, por no haberme hecho mujer”. 4
En cuanto al Nuevo Testamento, San Pablo dice:
«La mujer debe aprender a estar en calma y en plena sumisión. Yo no permito a una mujer enseñar o tener autoridad sobre un hombre; debe estar en silencio. Adán fue creado primero, luego Eva. Y Adán no fue el engañado; fue la mujer quien fue engañada y se volvió pecadora» (I Timoteo 2:11-14). 5
San Tertuliano es aún más grosero que San Pablo cuando, hablando a sus hermanas en la fe, dijo:
«¿No sabéis que cada una de vosotras es una Eva? La sentencia de Dios sobre vuestro sexo sigue vigente: la culpa debe existir también necesariamente. Vosotras sois la puerta del Diablo: sois las transgresoras del árbol prohibido: sois las primeras transgresoras de la ley divina: vosotras sois las que persuadisteis al hombre de que el diablo no era lo bastante valiente para atacarle. Vosotras destruisteis fácilmente la imagen que de Dios tenía el hombre. Incluso, por causa de vuestra deserción, habría de morir el Hijo de Dios» 6.
San Agustín, fiel al legado de sus predecesores, escribió a un amigo:
«Lo que la diferencia, ya sea esposa o madre, es que es aún Eva la tentadora, de la que nosotros debemos protegernos en cualquier mujer…… Yo no veo la utilidad que puede tener la mujer para el hombre, con excepción de la función de parir a los hijos» 7.
Siglos después, Santo Tomás de Aquino todavía consideraba a las mujeres como seres defectuosos:
«Respecto a la naturaleza individual, la mujer es incompleta y mal dispuesta; la fuerza activa contenida en la semilla masculina tiende a la producción de una semejanza perfecta en el sexo masculino; mientras la producción de la mujer proviene de un defecto en la fuerza activa o de alguna indisposición material, o incluso de una cierta influencia externa» 8.
Una y otra vez las mujeres son denigradas a causa de la imagen de la Eva tentadora gracias al relato del Génesis. Para resumir, la concepción judeocristiana de la feminidad ha sido contaminada por la creencia en la naturaleza pecadora de Eva y de su descendencia femenina.
Ciertamente, el Corán ha llegado con una nueva concepción respecto a estas creencias. Lo primero es que Dios se dirige tanto a mujeres como a hombre por igual:
«Para los musulmanes y las musulmanas, para los creyentes y las creyentes, para los devotos y las devotas, para los hombres veraces y las mujeres veraces, para los pacientes y las pacientes, para los que se humillan y las que se humillan, para los que practican la caridad, para los hombres y mujeres que ayunan, para los hombres y mujeres que guardan su castidad, y para los hombres y mujeres que se comprometen mucho en la alabanza a Allâh, para todos ellos Allâh tiene preparado el perdón y una gran recompensa.» [Corán: 33:35]
Dios pone a los dos en igualdad:
“Los creyentes, hombres y mujeres, son protectores unos de otros: ellos mandan lo que es justo y prohíben lo que es malo, hacen las oraciones regularmente, practican la caridad y obedecen a Allâh y a Su mensajero. A ellos les mandará Allâh su Misericordia: Allâh es el poderoso, el Sabio.” [Corán: 9:7]
O bien:
“Y su señor escuchó su plegaria: no permitiré que se pierda obra de ninguno de vosotros, ya sea varón o hembra, pues habéis salido los unos de los otros.” [Corán: 3:195]
Estos fragmentos, y otros más en algunas aleyas o suras del Libro Sagrado, dejan claro que la visión de la mujer no es diferente de la del hombre. Ambos son criaturas de Dios cuya meta sublime en la Tierra es rendir culto al señor, realizar actos virtuosos y evitar el mal, y ambos serán juzgados de acuerdo a ello. El Corán nunca menciona que la mujer sea el principio del mal o la puerta del diablo y su papel de la mujer en la tierra no se reduce a parir, se le exige que haga tantas buenas acciones como al hombre. Es más, insta a todos los creyentes, mujeres y hombres, a seguir el ejemplo de mujeres como la Virgen María y la esposa del Faraón. La llegada del Islam fue determinante para que se reconozca el estatus jurídico de la mujer, acordándole derechos y deberes.
Juliette Minces afirma que :
“Au moment où l’islam s’imposa en Arabie, au VII siècle ère avant de d’étendre de l’océan Atlantique au golf Persique, il s’agissait non seulement d’une nouvelle religion, mais aussi d’un mouvement de réformes sociales touchant particulièrement au statut des femmes. Dans l’Arabie pré islamique, par exemple, les femmes étaient considéré comme des marchandises que l’on pouvait acheter, vendre, hériter. La polygamie était illimitée et le mari pouvait rompre une union à son gré. Les infanticides de nourrissons filles étaient fréquents.” 9
(“Cuando el Islam se impuso en Arabia, en el siglo VII dC antes de extenderse desde el Océano Atlántico hasta el Golfo Pérsico, no solo era una nueva religión, sino también un movimiento de reformas sociales que afectan particularmente la condición de la mujer. En la Arabia preislámica, por ejemplo, las mujeres eran vistas como bienes que podían comprarse, venderse, heredarse. La poligamia era ilimitada y el esposo podía romper una unión a voluntad. Los infanticidios eran frecuentes «).
Efectivamente, los cambios suponían en primer lugar eliminar los infanticidios, que en la Arabia preislámica cometían las propias madres al dar a luz a una niña, o por los padres para ocultar su “deshonra”:
«Cuando se traen noticias a uno de ellos del nacimiento de una niña, su cara oscurece y se llena de pesar. ¡Con vergüenza se esconde de sus gentes por las malas noticias recibidas! ¿La mantendrá en el desprecio o la enterrará en el polvo? ¡Ah! ¿por cuál de esos males se decidirá?.» [Corán: 16:59].
Estos crímenes nunca habrían cesado en Arabia si no hubiese sido por la contundencia de los términos que emplea el Corán para condenar esta práctica (Corán 16:59, 43:17, 81:8-9).
Es más, el Corán no hace ninguna distinción entre los muchachos y las muchachas. En contraste con la Biblia, considera el nacimiento de una niña como un regalo y una bendición de Dios, igual que el nacimiento de un varón, incluso menciona primero el regalo del nacimiento de una niña:
«El dominio de los cielos y la tierra pertenece a Allâh. Él crea lo que Él quiere. Regala hijas a quien quiere y regala hijos a quien Él quiere.» [Corán: 42:49].
Para acabar con el infanticidio femenino en la sociedad musulmana naciente, el Profeta Muhammad prometió a aquéllos que fueran buenos con sus hijas, una gran recompensa si las educaban, mantenían y concedían un trato benévolo, pues ellas serán una protección contra el fuego del Infierno.
Otro de los puntos que recoge el estudio de Abduladim es la impureza de las mujeres con la menstruación. Las normas judías, por ejemplo, son sumamente restrictivas. El Antiguo Testamento considera a toda mujer menstruante como sucia e impura pudiendo contaminar su impureza a los demás. Cualquier persona o cosa que toque se convierte en impura durante un día. Debido a su naturaleza contaminante era a veces «desterrada» para evitar cualquier posibilidad de contacto con ella. La enviaban a una casa especial llamada «Casa de la Suciedad» durante el período completo de impureza. 10
Al marido de una mujer menstruante le estaba prohibida la entrada en la sinagoga si se había contaminado por causa de ella, incluso por tocar el polvo que habían pisado sus pies. Un sacerdote cuya esposa, hija, o madre estaban menstruando, no podía recitar la bendición sacerdotal en la sinagoga.
El Islam no considera que la mujer menstruante tenga ningún tipo de suciedad contagiosa, ni se convierte en maldita. Se le exime de hacer las oraciones diarias y también del ayuno mientras dura su período. Lo cual tiene explicación en su debilidad física en estos días. Se desaconseja asimismo que la pareja mantenga relaciones sexuales, por salud e higiene, pero no se prohíbe ningún otro contacto físico entre los esposos. Pero todo eso no quita que se le prohíba a las mujeres coger el Corán cuando están menstruando y es porque se piensa popularmente que hay una impureza en ellas.
El matrimonio pasó a ser un contrato entre el hombre y la mujer y no entre el hombre y el tutor. Así la dote le pertenecía sólo a ella y tenía derecho a disfrutarla sin restricciones. Podía, asimismo, guardar su apellido después de casarse y el poder que tenía el marido de repudiarla fue cambiado o limitado por tres meses; que después de ellos, y en caso de que no se produjera la reconciliación, se podía llevar a cabo la ruptura. Con respecto al divorcio, el Islam se sitúa a mitad de camino entre la Cristiandad y el Judaísmo.
El matrimonio en el Islam es un vínculo sagrado que no debe romperse salvo por razones justificadas. Se dice a las parejas que intenten buscar todas las soluciones posibles siempre que sus matrimonios estén en peligro, y que sólo recurran al divorcio cuando no exista otra alternativa. En resumidas cuentas, el Islam reconoce el divorcio, pero lo desaconseja en todos los sentidos.
Centrémonos en primer lugar en el aspecto del reconocimiento. El Islam reconoce el derecho que tienen ambos cónyuges a terminar su relación matrimonial. Pero aunque le otorga al marido el derecho al repudio, concede a la esposa el derecho de disolver el matrimonio a través de lo que se conoce como Julʻ. 11
Si el marido es el que elige disolver el matrimonio, no puede recuperar ninguno de los regalos a ella ofrecidos como la dote. El Corán se lo prohíbe explícitamente, sin importar la cuantía o el valor que estos bienes puedan tener, lo cual se aprecia en la aleya siguiente:
«Y si queréis cambiar de esposa y le habíais dado a una de ellas un quintal, no volváis a tomar nada de él. ¿Íbais a tomarlo con infamia y pecado manifiesto?”. [Corán: 4:20]
En el caso de que la esposa decida disolver el matrimonio, puede devolver la dote a su marido. Lo cual es una compensación justa para él.
«No os es lícito recuperar nada de lo que les disteis, a menos que las dos partes teman no observar las leyes de Dios. Y si teméis que no observen las leyes de Dios, no hay inconveniente en que ella obtenga su libertad indemnizando al marido. Estas son las leyes de Dios, no las violéis. Quienes violan las leyes de Dios, ésos son los impíos.» [Corán: 2:229]
Fueron estos derechos los que incitaron a las mujeres judías que vivieron en las sociedades islámicas tempranas del siglo séptimo de la Era Común a intentar obtener documentos de divorcio de sus maridos judíos en las cortes islámicas. Los Rabinos declararon nulos estos documentos. Para abolir esta práctica, los Rabinos dieron a las mujeres judías nuevos derechos y privilegios en un intento de frenar las apelaciones que se hacían a las cortes islámicas. Las mujeres judías que vivían en los países cristianos no disfrutaron de ningún privilegio parecido pues la ley romana de divorcio que se practicaba no resultaba más atractiva que la Ley judía. 12
Por Mouna Aboussi Jaafer (Universidad de Málaga)
Notas:
- Citado por ABDULADIM, Sharif, en “La mujer en el islam y en el judeocristianismo: mito y realidad”, disponible en: www.VerdeIslam.com, 1997. Ver también DALY, Mary, “El Cristianismo y la mujer: una historia de contradicciones”, disponible en : http://servicioskoinonia.org/relat/426.htm
- Citado por ABDULADIM, Sharif, op.cit.
- ABDULADIM, Sharif, op.cit. Para más información: SWIDLER, Leonard J., Women in Judaism: the Status of Women in Formative Judaism, Metuchen, Scarecrow Press, 1976.
- Citado por DALY, Mary, op.cit.
- Citado por ABDULADIM, Sahrif, op cit.
- Idem.
- Idem.
- Idem.
- MINCES, Juliette, La femme dans le monde arabe, Poitier, Editions Mazarine, 1986, págs. 15-31.
- Más información en: SWIDLER, Leonard J., Women in Judaism: the Status of Women in Formative Judaism, Metuchen, Scarecrow Press, 1976.
- SABIQ, Elsayyed, Fiqh Al-Sunna, El Cairo, Dār Al-Fatah lile’lam Al-Arabi, 1994, vol. 2, pp. 218-229.
- Ver, AMRAM, David W., The Jewish Law of Divorce According to Bible and Talmud, Philadelphia, Edward Stern & CO,1896.
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