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La Iglesia,el juramento y la apología del regicidio

La muerte de Viriato, jefe de los lusitanos (1807 - José de Madrazo y Agudo )
La muerte de Viriato, jefe de los lusitanos (1807 – José de Madrazo y Agudo )

Dice acerca del regicidio el P. Manuel Sa:

La rebelión de un eclesiástico contra el rey no es crimen de lesa majestad, porque los eclesiásticos no son súbditos del rey.

Añade el P. Juan Bridgewater:

No solamente es lícito a los súbditos, sino que se les requiere como exigido deber a que nieguen obediencia y rompan la fidelidad al príncipe siempre que así lo ordene el Vicario de Cristo, soberano pastor de todas las naciones de la tierra.

El P. Juan de Mariana va todavía más lejos al decir:

Si las circunstancias lo exigieran, será lícito aniquilar con la espada al príncipe que haya sido declarado enemigo público… No creo que obre mal quien satisfaciendo a la opinión pública atente contra la vida de tal príncipe, pues no solamente es acción lícita sino loable y gloriosa.

Pero la más delicada muestra de sus cristianas enseñanzas nos las da el propio P. Mariana en otro pasaje de la obra precedentemente citada, que dice así:

Soy de opinión que al enemigo no se le debe envenenar con drogas ni ponerle ponzoña en la comida o bebida; pero con todo, será lícito este procedimiento en el caso de que tratamos, pues quien matase al tirano sería sumamente favorecido y alabado, porque acción gloriosa es exterminar de la sociedad civil a esta raza dañina y pestilente. Y así no conviene forzar a quien haya de morir por tirano a que él mismo tome el veneno interiormente, sino que sin su intervención se lo aplique otra persona externamente, pues cuando el veneno tiene mucha fuerza, basta que se derrame por el asiento o por los vestidos para quitar la vida.

No es extraño que, según afirma Pasquier, atentase de este modo el jesuita Walpole contra la reina Isabel de Inglaterra.

Burton Robertson, catedrático de historia contemporánea en la universidad de Dublin, dio en 1862 una serie de conferencias sobre: La masonería y sus peligros, en las que por todo apoyo recurrió al abate Barruel y a Robinson, pues ya es costumbre en todo campo recibir fruiciosamente al desertor del contrario y absolverle de toda culpa.

Por otra parte, la Asamblea anti-masónica celebrada en los Estados Unidos el año 1830 aceptó por razones políticas aquella jesuítica proposición de Puffendorf, según la cual “a nada obligan los juramentos absurdos e impertinentes ni tampoco los que Dios no acepta”. Pero todo hombre honrado rechazará, seguramente, tan burdo sofisma, convencido de que el código del honor humano obliga infinitamente más que cualquier juramento prestado sobre la Biblia, el Corán o los Vedas.

Los esenios jamás juraban sobre cosa alguna; pero su sí y su no valía más que un juramento. Así, es muy extraño que naciones tituladas cristianos hayan establecido el juramento obligatorio en los tribunales civiles y eclesiásticos en diametral oposición al divino mandamiento. Por nuestra parte opinamos que no sólo es absurdo sino anticristiano sostener que un juramento no obliga si Dios no lo acepta, pues ningún hombre, por infalible que sea, puede penetrar el pensamiento de Dios. Únicamente la tendenciosa conveniencia puede dar la explicación de semejante despropósito.

Ningún juramento tendrá fuerza bastante para ligarnos, hasta que se universalice la convicción de que la humanidad es el más sublime reflejo del Supremo Ser en la tierra y todo hombre una encarnación de Dios; hasta que el sentimiento de responsabilidad personal esté tan vigorizado en el hombre, que repugne el perjurio como el mayor agravio inferido a sí mismo y a sus semejantes. La palabra de honor obliga a cuanto hoy no puede obligar el juramento. (BHP)

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